¿Qué pasa con la ley 27360?

Publicado por Puca Picante 5/24/2009

Esta controversial ley llamada de promoción agraria, creada por Chlimper y aprobada durante el gobierno del ahora condenado Alberto Fujimori, sigue causando perjuicios a los trabajadores que se dedican al rubro de la agroexportación bajo el lema de TLC y progreso.

Resulta que Camposol S.A., perteneciente a la noruega Dyer Coriat Holding que opera en el departamento de La Libertad viene obligando a jóvenes y madres de familia a trabajar más de doce horas sin moverse de su lugar y a usar pañales desechables para que no “pierdan tiempo” en ir al baño.

Además se denunció que esta empresa hostiliza a los trabajadores con más de cinco años de servicios y obliga a trabajadores antiguos a tomar “descansos temporales” sin fecha de retorno, reemplazándolos por trabajadores nuevos. En otros casos los presiona a firmar renuncias y para ser recontratados como “nuevos”.

Lo extraño es que, a pesar que esta situación, aunada a una serie de violaciones de los derechos laborales, fue puesta por Marisol Espinoza, el 23 de enero del 2008, en conocimiento del entonces ministro de Trabajo, Mario Pasco, hasta el momento la empresa no ha sido sancionada.

Ahora veamos por qué esta ley es realmente nociva para los trabajadores en el Sector Agrario:


Derecho

Régimen laboral del sector agrario

Régimen laboral general de la actividad privada

Jornada de trabajo

Pueden darse jornadas acumulativas. Se paga sobretiempo sólo cuando en el plazo del contrato se exceda en promedio los límites máximos previstos por la Ley.


Máximo 8 horas diarias o 48 horas semanales

Remuneración

Remuneración de S/.585.32/mes ó S/.19.51/día que incluye la CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) y las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad y se actualizará en el mismo porcentaje que los incrementos de la Remuneración Mínima Vital.

Remuneración no inferior a la RMV (S/.500.00/mes ó S/.16.66/día). CTS consistente en 1 remuneración mensual por cada año de trabajo, 1 gratificación por Fiestas Patrias y otra por Navidad consistente en 1 remuneración mensual c/u.

(De incorporarse la CTS y las gratificaciones, la remuneración sería S/.625.00/mes ó S/20.83/día)

Si a las remuneraciones mínimas del sector agrario les deducimos la CTS y las gratificaciones, resulta que el jornal de los trabajadores agrarios consistiría en S./ 15,65 (menor en S/1,01 que la remuneración diaria correspondiente a la RMV ) y la remuneración mensual consistiría en S/.468,26 (menor en 31,7 que la RMV )

Vacaciones remuneradas

Descanso vacacional de 15 (quince) días calendario remunerados, por cada año de servicio.

Descanso vacacional remunerado de 30 días calendario remunerados por año de servicio.

Indemnización por despido arbitrario

Indemnización es equivalente a 15 (quínce) remuneraciones diarias por cada año completo de servicios con un máximo de 180 (ciento ochenta) remuneraciones diarias.

Una remuneración y media ordinaria mensual (45 días) por cada año completo de servicios, con un máximo de 12 remuneraciones mensuales (360 remuneraciones diarias).

Seguridad social en Salud

Aporte mensual a cargo del empleador será del 4% (cuatro por ciento) de la remuneración en el mes por cada trabajador.

Afiliados regulares activos: aporte a cargo del empleador consistente en 9 % de la remuneración por cada trabajador(a)



Esta ley, como vemos, no refleja progreso alguno. Los resultados ya los hemos visto.

14 comentarios

  1. Anónimo Said,

    CONSULTA : EL PERSONAL DEBE ESTAR DONDE SE LLEVA A CABO LA ACTIVIDAD AGRICOLA? LA EMPRESA ES DE HUANCAYAO,PERO EL PERSONAL ADMINSITRATIVO LABORA EN LIMA

    Posted on 3 de junio de 2009, 18:05

     
  2. Anónimo Said,

    quisiera saber si hay otro tipo de empresas con problemas de ese tipo en arequipa, por ejemplo frabricas de alcachofas como "ALSUR PERU o ECO HALCON" gracias...

    Posted on 16 de julio de 2009, 21:17

     
  3. Anónimo Said,

    PREGUNTA:cuando una persona trabaja 2 años sin cts ni remuneraciones por fiestas patrias y navidad ¿cuánto es lo que se debe cobrar al empleador por despido arbitrario?

    Posted on 27 de julio de 2009, 16:57

     
  4. Anónimo Said,

    es una ley descriminatoria hacia el trabajador privandolode todos sus veneficios u otros q afectan la economia del hogar

    Posted on 22 de agosto de 2009, 19:16

     
  5. Anónimo Said,

    Esa ley no tiene defectos ,hay mil ojos atras tratando de ser lo mas justo posible ,hablo de las autoridades de distintos paises que tienen un regimen agrario igual ,lo que se trata aca (como dice la ley) es ver la realidad del agro y no volar entre utopias,en casi todos los casos a los empleados se les da alojamiento y la mayoria cria a sus hijos en estos lugares,si bien no es una molestia muy grande es una gran ayuda para los trabajadores ,algunos empleadores hasta los alimentan y no esta incluido en el pago,la verdad es que hay empleados que reconocen estos beneficios y otros que simple mente se hacen los locos y muerden la mano que les da de comer.

    Posted on 23 de septiembre de 2009, 11:43

     
  6. Anónimo Said,

    Hola por que el 8.536 % de donde ????

    Posted on 30 de septiembre de 2009, 17:54

     
  7. Anónimo Said,

    Es evidente que quien escribió este artículo, no conoce en aboluto la norma, ni la realidad laboral del Campo en el país,

    Gracias esta norma, hoy a diferencia de hace 10 años, los trabajadores del campo trabajan formalmente, tienen seguro, están en planillas, tienen vacaciones, etc... Antes jamás tuvieron un beneficio parecido. Con esta ley se ha frenado la migración de los jovenes de zonas rurales hacia las ciudades, porque ahora encuentran posibilidades de trabajo en el campo.

    Por favor, no seamos miopes a drede. No es pecado ser ignorante. El pecado está en no querer reconocerlo y encima pretender informar equivocadamente a la gente.

    Gracias!

    Posted on 28 de octubre de 2009, 15:17

     
  8. Anónimo Said,

    yo llevo 9 años en la enpresa corporacion agricola del sur pero ahora me an pasado a otra enpresa que es inversinoes agricolas eco que pertenece al menos conoicdo mendel winter si ese mismo q se vendio con fujimori no se q hacer pero esa enpresa trabaja con tres razones sociales y nos tienen dando vueltas en los tres fundos o enpresas o sea no puedo acumular tienpo de servicio en ninguna

    Posted on 16 de enero de 2011, 14:38

     
  9. Anónimo Said,

    HASTA CUANDO CON ESTA ILEGAL LEY AGRARIA

    Posted on 27 de febrero de 2011, 21:25

     
  10. Anónimo Said,

    LA LEY 28810 NOS TENDRÁ HASTA EL 2021 CON ESTA LEY, HAY QUE AGRADECERLE AL API DE KEIKO POR CREARLA Y A TOLEDO POR PRORROGARLA...VAYA POLITICOS SERVILES DE QUE NO LES IMPORTA EL SUDOR DE LOS TRABAJADORES...INVITEN A UNO DE ELLOS A COSECHAR ESPARRAGOS POR UN DIA Y SABRAN LO INJUSTA E ILEGAL QUE ES ESTA LEY

    Posted on 27 de febrero de 2011, 21:28

     
  11. Anónimo Said,

    esta bien que la ley 27360 beneficio a mucha gente, y que evitÔ la migracion, pero estuvo como medidA DE EMERGENCIA POR 10 AÑOS, BIEN BIEN. PERO 10 AÑOS MAS? YA ES INJUSTA, que si bien pusimos el hombro para reflotar la agricultura, ya estuvo bueno, ya sembramos, ahora que nos dejen cosechar los logros, con beneficios como las vacaciones de 30 dias, la cts en un banco, como los demas peruanos, y el dia que nos voten tengamos algo para sobrevivir un tiempo hasta conseguir otro trabajo

    Posted on 20 de noviembre de 2011, 22:07

     
  12. Anónimo Said,

    yo trabajo en AGROKASA ICA, donde tiene 02 fundos que son SANTA RITA y LA CATALINA, se ve tal explotacion, tales que el obrero trabaja 10 horas, y le rreconocen 09, si sacamos la cuenta por 3000 trabajadores diarios, serian 3000 horas por s/. 2.82 aprox. la hora laboral, seria s/.8460 soles diario de robo al personal, y en un mes seria s/. 253800 aprox. si observamos, el personal solo le alcANZA PARA SOBREVIVIR, PERO A LA EMPRESA SI LE ALCANZO PARA COMPRAR OTRO FUNDO EN BARRANCA, EN EL NORTE, QUE SE LLAMA FUNDO LAS MERCEDES, QUE COSTO 13.5 MILLONES DE DOLARES, DINERO SUFICIENTE LOGRADOS EN 10 AÑOS A CUESTAS DEL OBRERO,POR ESO KLIMPER, NO QUERIA QUE ENTRE OLLANTA, POR QUE EL ES DUEÑO DEL MAS DEL 50% DE ACCIONES DE LA CORPORACION DROKASA.BIEN POR EL,SR. PRESIDENTE, QUE FUE DE LA DEROGATORIA DE LA LEY DE PROMOCION AGRARIA 27360 Y SU EXTENSION HASTA EL 2021. BASTA YA DE EXPLOTARNOS, O NO SOMOS PERUANOS, VOTAMOS POR ud. no olvidemos al trabajador de campo, ya comio tierra, dale algo mejor

    Posted on 20 de noviembre de 2011, 22:28

     
  13. Anónimo Said,

    yo tambien trabajo en AGROKASA ICA, APARTE DE EXPLOTAR AL TRABAJADOR TAMBIEN EXPLOTA LOS RECURSOS HIDRICOS, POR EJEMPLO LLEVaNDO EL AGUA DESDE EL FDO Santa rita, hasta la catalina, mediante 02 tubos de 24 pulgadas c/u. siendo un total de 48 pulg. y una distancia aprox de 15 km. eso es ilegal, por una medida de emergencia que dio el gobierno regional, para evitar llevar el agua grandes distancias,y evitar el resecamiento de de terrenos donde se encuentran los pozos, pero les dio igual,le rompieron la mano al alcalde walter baldiño ascencio y permitio todo,entraron en l negociacion, ING.CARLOS ARRESE PEREZ, F.ESCURRA, J.BRICEÑO, L OBRA ESTUVO A CARGO DE ELEOD FUENTES, SE TRABAJO TODA LA NOCHE CON APOYO POLICIAL POR QUE LA GENTE QUERIA HACER RESPETAR LA LEY, YO LO DIGO POR QUE YO TRABAJE AHI, ACASO SIQUIERA ME RECONOCIERON LAS HORAS EXTRAS? HASTA CUANDO EL ABUSO

    Posted on 20 de noviembre de 2011, 22:42

     
  14. Anónimo Said,

    mis respeto a ambos señores que trabajan en AGROKASA, desgraciadamente la ley es del que mas dinero tiene, parece que nos equivocamos votando por ollanta humala, por que el prometio cambiar la ley agraria, por una ley de regimen general, donde tengmos 30 dias de vacac. una cts en el banco y etc, pero nada, hasta ahora nada. que no somos peruanos? se olvido acaso el presidente de la gente que lo apoyo?

    Posted on 20 de noviembre de 2011, 22:51

     

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